martes, 30 de octubre de 2012

Interpretaciones del cuadro "Los fusilamientos del 3 de mayo"

Lo sé, ahora faltan las vuestras, pero las subiré en una entrada dedicada espacialmente a vuestro trabajo. Que no están tan mal, de hecho algunos están muy bien.
























domingo, 28 de octubre de 2012

El Tío Camuñas y los seis grados de separación

Bueno, cuando os explique esto escribiréis vosotros el post sobre la historia del Tío Camuñas y por qué todo nos atañe más de lo que pensamos.

jueves, 25 de octubre de 2012

Los fusilamientos del 3 de mayo. Francisco de Goya y Lucientes.


Vamos a trabajar sobre este cuadro durante unos días, vamos a estudiar el contexto histórico, ¿qué representa esa imagen?, y el aspecto artístico, además de aprender un poco sobre la figura de Goya, que fue quien lo pintó.

Ahora, para verlo mejor nos vamos al Prado:

Y luego vemos este documental que nos explica la historia del cuadro muy bien.



sábado, 13 de octubre de 2012

La Ilustración. Disipar las tinieblas de la Humanidad mediante las luces de la razón



La Ilustración es la salida del Hombre de su autoculpable minoría de edad. La minoría de edad significa la incapacidad de servirse de su propio entendimiento sin la guía de otro. Uno mismo es el culpable de esta minoría de edad cuando la causa de ella no reside en la carencia de entendimiento, sino en la falta de decisión y valor para servirse por sí mismo de él sin la guía de otro. ¡Sapere audere! ¡Ten valor para servirte de tu propio entendimiento! He aquí el lema de la Ilustración. 
Inmanuel Kant


Veamos algunas de las características e ideas principales:

Racionalismo

La RAZÓN es la base del saber, el conocimiento es la vía para entender el mundo, es más es la forma de que este progrese. La razón no sólo como forma de enfrentarse al mundo, sino como motor del mismo. Y por supuesto como la condición fundamental del ser humano. 

Empirismo

Fe en la experimentación. Es una época de grandes descubrimientos científicos. En el siglo XVII tenemos los ejemplos de Galileo, Kepler, Newton... esa corriente continua.

¿Empirismo - Racionalismo?

En realidad racionalismo y empirismo eran dos corrientes filosóficas que (simplificándolo todo mucho) podríamos decir que eran antagónicas.
 EL racionalismo (Descartes, "pienso luego existo") se desarrolló sobre todo en Francia y en la Europa continental, el empirismo era más bien inglés, también se le llamó "empirismo inglés", uno de sus principales representantes era John Locke. 
El racionalismo hablaba de las ideas del hombre como principio de todo, de una serie de conocimientos o ideas básicas innatas, de que el conocimiento era sobre todo de dentro hacia afuera. 
Los empiristas decían que no, que el conocimiento era a posteriori, es decir, a partir de la experimentación, de el estudio de los fenómenos naturales, etc. Desde fuera hacia dentro.

Las dos corrientes fueron muy importantes en la Ilustración, y quizá no fueran tan contrarias, ambas proponían cuestionar  el conocimiento anterior y sus fuentes.

Deseo de conocimiento

De una manera u otra los ilustrados sienten u enorme deseo de conocimiento. Bien considerasen el conocimiento y las ideas como algo innato o fruto de la experiencia, el deseo de conocimiento estaba ahí. Y no sólo de conocer sino también de difundir ese conocimiento. Por ejemplo la Enciclopedia Francesa de Diderot.

Criticismo

Tercer "ismo" de esta página llena de palabros...,. Vamos no es difícil, criticismo, pues eso criticar, someter a crítica todo lo anterior, reexaminar los valores recibidos del pasado, y también las formas de organización social recibidas del pasado. 
Lo que ocurrió es que la sociedad cambió, cualitativa y cuantitativamente, y lógicamente las cosas no podían seguir igual. Hacía falta revisarlo todo, y atreverse a darle la vuelta a todo. En la razón, el estudio, la educación, el conocimiento, el pensamiento..., fue donde se apoyaron para "coger fuerzas" y atreverse a darle la vuelta a lo que había, como decía Kant al principio.

Reformismo

Después de explorar el conocimiento, decidir qué es lo apropiado a las luces de la razón, y analizar qué es lo que hay que cambiar del pasado, sólo nos queda una cosa: hacerlo. La gran importancia de la Ilustración fue que proponía reformas reales de los sistemas políticos, hacían propuestas prácticas, no se quedaban en el plano "filosófico" sino que "eran hombres de acción".

Progreso, felicidad y utopía

"A través del conocimiento sabremos lo que es mejor, y lo haremos aunque haya que cambiar muchas cosas del pasado, y esto conducirá a la sociedad al progreso, y todo esto para ser más felices, para tener una vida mejor."Los ilustrados buscan una vida mejor, ser más felices, pero en este mundo. En la Edad Media el mundo mejor, el paraíso, vendría definitivamente tras la muerte, mientras tanto había que conformarse con malvivir en este mundo, y portarse bien para obtener una recompensa en el otro. En la Ilustración confían en la razón y el conocimiento para lograr el progreso y la felicidad en este mundo.

La educación

Como el conocimiento era bueno, y era bueno para mejorar la sociedad, había que difundirlo, compartirlo, transmitirlo. La educación portanto era una de las armas que la Ilustración proponía para cambiar el mundo. ¿Lo es? ¿qué pensáis vosotros? Esta línea de pensamiento no terminó en la Ilustración, varios pedagogos del s. XX comparten esas premisas.

El origen de la Escuela Pública: con Condorcet se formulan los principios que inspiraron la política educativa de las democracias occidentales, entre ellas: el rigor científico de los contenidos; la democratización de la enseñanza con el fin de formar ciudadanos autónomos; la idea de la instrucción como un proceso que debe abarcar todas las edades; la libertad de cátedra, la necesaria autonomía de la enseñanza respecto del poder, de la tendencia a los excesos del poder; la promoción del talento individual; la igualdad en el acceso a la educación de hombres y mujeres...

Bueno, demasiado texto, ¿no?, yo así lo creo. Necesito que, con lo que hayáis entendido, comprendido, con vuestras opiniones, con lo que penséis al respecto... hagáis una imagen, una ilustración para cada párrafo que refleje esas ideas. Pensad mucho y bien. De momento hacedlo en el cuaderno junto a los apuntes, las mejores las trasladaré al blog.
En el próximo capítulo conoceremos a sus protagonistas.





martes, 9 de octubre de 2012

Imágenes

A continuación hay una serie de imágenes, de cuadros famosos, que reflejan momentos o personajes puntuales de la Revolución Francesa. Busca información y explica quienes son o qué momento representan y qué ocurrió exactamente allí. Esto debe estar en el cuaderno.

1.-


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... Y PALABRAS, ¿sabrías emparejar cada imagen con un texto?


A) "La Asamblea Nacional, considerando que, habiendo sido llamada para establecer la

Constitución del reino, obrar la regeneración del orden público y mantener los verdaderos principios

de la monarquía, nada le puede impedir que continúe sus deliberaciones, en cualquier lugar en que

se vea forzada a residir, y que, en fin, allá donde sus miembros se reúnan, allí está la Asamblea

Nacional. Acuerda que todos los miembros de esta Asamblea presentarán al instante juramento de

no separarse nunca y de volver a reunirse en cualquier sitio en que las circunstancias lo exijan, hasta

que la Constitución del reino sea establecida y quede afirmada sobre unos fundamentos sólidos; y

que, una vez prestado dicho juramento, todos los miembros, y cada uno de ellos en particular,

confirmarán con su firma esta resolución inquebrantable. La Asamblea Nacional, considerándose

llamada a fijar la constitución del reino, a realizar la regeneración del orden público y mantener los

principios de la monarquía, acuerda que nada puede impedir que ella continúe sus deliberaciones,

en cualquier lugar a que sea forzada a establecerse; y que en cualquier sitio donde estén reunidos

sus miembros, allí está la Asamblea Nacional. "




B) "Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos."


C) "A pesar de todas las difamaciones, no tengo ningún miedo respecto a mi fama. He librado cincuenta batallas campales, la mayoría de las cuales he ganado. He estructurado y llevado a cabo un código de leyes que llevará mi nombre a la más lejana posteridad. Me levanté a mí mismo de la nada hasta ser el monarca más poderoso del mundo. Europa estuvo a mis pies. Siempre he sido de la opinión de que la soberanía reside en el pueblo. De hecho, el gobierno imperial fue una especie de república. Habiéndome llamado la nación a dirigirla, mi máxima fue: la profesión está abierta a los inteligentes, sin distinción de nacimiento o fortuna, y es por este sistema igualitario por el que la oligarquía me odia tanto."


D)“Art.1: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden basarse en la utilidad común.
Art.2: El objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de los hombres. Estos derechos son la libertad, la seguridad, la propiedad y la resistencia a la opresión.
Art.3: El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación.
Art.4: La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no dañe a un tercero.
Art.6: La Ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir personalmente o a través de sus representantes a su formación. La ley debe ser idéntica para todos...
Art.7: Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni detenido, si no es en los casos determinados por la ley, y según las formas por ella prescritas.
Art.8: La ley no debe establecer más que penas estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado más que en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito, y legalmente aplicada.
Art.9: Todo hombre ha de ser tenido por inocente hasta que haya sido declarado culpable...
Art.10: Nadie debe ser molestado por sus opiniones, incluso religiosas, con tal de que su manifestación no altere el orden público establecido por la ley.
Art.11: La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los más preciosos derechos del hombre. Todo ciudadano puede, pues, hablar, escribir e imprimir libremente.”


E) "¡Las revoluciones empiezan por la palabra y concluyen por la espada!."

"¡La libertad debe establecerse a través de la violencia. Ha llegado el momento de organizar el despotismo de la libertad contra el despotismo de los reyes.!"


F) "Los países libres son aquellos en los que son respetados los derechos del hombre y donde las leyes, por consiguiente, son justas."

"¿Hasta cuándo el furor de los déspotas será llamado justicia y la justicia del pueblo, barbarie o rebelión?"

"Si el resorte del gobierno popular en tiempos de paz es la virtud, el resorte del gobierno durante la revolución son, al mismo tiempo, la Virtud y el Terror; la virtud sin la cual el terror es mortal; el terror sin el cual la virtud es impotente"

"El terror no es más que la justicia rápida, severa, inflexible"

"Castigar a los opresores de la libertad es clemencia, perdonarlos es barbarie."


G) "Entonces cundió con la rapidez de un rayo una anécdota que ejemplificaba su altivez cínica y desalmada. XXXXX, se decía, habría preguntado, durante un paseo que dio con su cochero, por qué toda la gente parecía tan desgraciada. «No tienen pan para llevarse a la boca», le respondió. En efecto, la mala cosecha del año 1789 había hecho explotar los precios del pan; el hambre amenazaba. Y XXXXX habría contestado a esa explicación: «Si no tienen pan, que coman pasteles.» (S’ils n’ont pas de pain, qu’ils mangent de la brioche.) Seguramente XXXXX jamás dijo estas palabras. Lo más probable es que alguien las extrajera de lasConfessions del filósofo Jean-Jacques Rousseau, el escritor de más éxito en la época de la revolución. En su libro escrito entre 1766 y 1770, Rousseau menciona que una princesa –a la que no nombra- pronunció estas palabras cuando vio a gente hambrienta."


Nota: ninguno de los textos son míos, algunos están escritos por los protagonistas de las imágenes y otros hacen referencia a ellas, por esa razón no he puesto el autor.

jueves, 4 de octubre de 2012

La Asamblea Nacional y los Derechos del Hombre y del Ciudadano

A pesar de que que rodaron cabezas, muchas, demasiadas, y de que todo acabó como el rosario de la aurora con Napoleón a la cabeza, la Revolución Francesa, como sabéis, fue muy importante y nos dejó un gran legado, por ejemplo la Declaración de los Derechos del Hombre



La Asamblea tomó innumerables medidas que cambiaron profundamente la situación política y social del país. Entre ellas, destacan la aprobación de la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, la supresión del feudalismo, la apropiación de los bienes de la Iglesia y la Constitución Civil del Clero y, por supuesto, la redacción de la Constitución francesa de 1791.
Los Artículos de La Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano son los siguientes:
I. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en cuanto a sus derechos. Las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.
II. La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
III. La fuente de toda soberanía reside esencialmente en la Nación; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.
IV. La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el disfrute de los mismos derechos. Estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.
V. La ley sólo puede prohibir las acciones que son perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no puede ser impedido. Nadie puede verse obligado a aquello que la ley no ordena.
VI. La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para proteger o para castigar. Siendo todos los ciudadanos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.
VII. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado y mantenido en confinamiento, excepto en los casos determinados por la ley, y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.
VIII. La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son estrictamente y evidentemente necesarias; y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
IX. Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido declarado convicto. Si se estima que su arresto es indispensable, cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona ha de ser severamente reprimido por la ley.
X. Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aun por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.
XI. Puesto que la libre comunicación de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, excepto cuando tenga que responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.
XII. Siendo necesaria una fuerza pública para garantizar los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas a las que ha sido confiada.
XIII. Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los gastos de administración, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los ciudadanos, de acuerdo con sus facultades.
XIV. Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a constatar la necesidad de la contribución pública, a consentirla libremente, a comprobar su adjudicación y a determinar su cuantía, su modo de amillaramiento, su recaudación y su duración.
XV. La sociedad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su administración.
XVI. Una sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de poderes definida, no tiene Constitución.
XVII. Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie podrá ser privado de él, excepto cuando la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exige de manera evidente, y a la condición de una indemnización previa y justa.